La Ley 27355 fue promulgada determinando las facilidades de pago por parte de la AFIP y la Anses para los contribuyentes incluidos en la zona de desastre por inundación, entre ellos están los productores pampeanos.
El gobierno determinó la promulgación de la ley por la zona de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social por un plazo de 180 días. Abarcando regiones de Buenos Aires, Santa Fe, Catamarca, Corrientes, Misiones, Chubut, Tucuman, Río Negro, Salta, Jujuy y La Pampa. En esta provincia se detalló que abarca a los departamentos: Atreucó, Capital, catriló, Chapaleufú, Conhelo, Guatraché, Maracó, Quemú Quemú, Rancul, Realicó, Trenel y el sector de la Laguna Don Tomás de Santa Rosa.
Entre las medidas previstas para mitigar la situación, se dispone que la AFIP y la Anses instrumentarán regímenes especiales de pago para los contribuyentes afectados, contemplando la prórroga de los vencimientos, la suspensión de juicio de ejecución fiscal, y la exención de los impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta. En materia laboral se adoptarán las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones de trabajo y empleo, como así también se prevé incrementar la cobertura de planes sociales.








