Nueva norma para el despacho de exportación a la UE

Este mes entró en vigencia la Resolución Senasa 549/2016, que cambia los requerimientos de las tareas de embarque y acorta los tiempos de encierre de los animales. El productor tendrá que archivar una copia de la documentación por tres años.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó el procedimiento de despacho de tropas a faena para exportación con destino a la Unión Europea (UE), normativa vigente desde el 4 de octubre.

Ahora el productor responsable de los animales a enviar a enviar debe realizar el despacho de los mismos “conforme a las exigencias del mercado europeo”. Debe completar la Tarjeta de Registro Individual del Tropa (TRI) con las caravanas de identificación aplicadas a esos animales; completar la correspondiente Declaración Jurada y gestionar el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), en el que debe registrar obligatoriamente la numeración de los precintos con los que se sellará el transporte.

El productor tendrá que archivar una copia de toda esta documentación por el término de tres años.

 “Esta actualización del procedimiento de despacho de tropas a faena a la UE facilita las tareas de embarque y acorta los tiempos de encierre de los animales. El mismo productor, al separar sus lotes para faena, controla y verifica las identificaciones de los bovinos. Hay una reducción de las tareas de manejo y del tiempo entre la obtención de la documentación de amparo y la salida de los animales del establecimiento que favorece, además, las condiciones de bienestar del animal y simplifica la operatividad del despacho”, explicó el responsable de la Dirección de Control de Gestión y Programas Especiales del Senasa, Marcelo Balerio.

 

 

Fuente: Senasa

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