El SENASA elimina la exigencia de presentar certificados de uso territorial y de aptitud ambiental para inscribirse en el Registro Nacional de feedlots.
Los cambios en el Registro Nacional de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral tiene como fin unificar los criterios en todo el país y eliminar la duplicación documental frente a regímenes locales heterogéneos.
La medida, oficializada por medio de la Disposición DNSA N.° 26/2026 y publicada en el Boletín Oficial, modifica la Resolución N.° 329-E/2017 y elimina la exigencia de presentar ante el SENASA los certificados de uso territorial y de aptitud ambiental para inscribirse en el Registro Nacional de feedlots.
Las habilitaciones vinculadas con la radicación, el uso del suelo, la aptitud ambiental y las condiciones generales de funcionamiento son materias de competencia provincial o municipal.
Por este motivo, solicitar dicha documentación como condición para un trámite sanitario nacional incorporaba un procedimiento de evaluación y otorgamiento que excedía a la competencia específica del SENASA.








