Toda la cadena productiva agrícola debe incorporarse al nuevo sistema que controla y categoriza según el grado de cumplimiento fiscal. También, determinará mayores o menores beneficios en las retenciones al Impuesto al Valor Agregado y Ganancias.
El próximo 1 de noviembre entra en vigencia el SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola), y desde el Estudio Contable Civalero explicaron lo que está implementación significa.
El SISA fue creado para unificar los registros y regímenes informativos existentes relacionados con la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación (cereales y oleaginosas) y legumbres secas. Con la intención de simplificar los trámites y cargas de datos, y a la vez mantener la capacidad de control fiscal.
Será de carácter obligatorio para los productores, los operadores que intervengan en la cadena de comercialización, y propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes, (y sus subcontratantes, cualquiera fuera su modalidad de contratación) de inmuebles rurales explotados dentro del país, siempre y cuando se desarrolle allí la producción mencionada. En el caso de que los inmuebles rurales con dueños residentes en el exterior, la obligación va a estar a cargo de sus representantes en el país.
Días atrás, mediante la Resolución General 4310, se reglamentó el sistema de “scoring”, escala o puntuación. Este es un mecanismo de calificación de la conducta fiscal que otorga un “Estado” a los productores y operadores incluidos en el SISA (no a los propietarios de tierras). Así se establece tres calificaciones:
Estado 3 (riesgo alto): aquellos sujetos con incumplimientos en los Regímenes de Información previstos y/o aspectos formales.
Estado 2 (riesgo medio y nuevas altas): sujetos de riesgo medio o nuevos inscriptos en el SISA, con buena conducta fiscal y algunos incumplimientos formales en los últimos 24 meses.
Estado 1 (riesgo bajo): sujetos cumplidores según SIPER, permanencia en el SISA y registros reemplazados con la mejor calificación, y sin incumplimientos formales en los últimos 24 meses.
Cabe recordar que el SIPER es el “Sistema de Perfil de Riesgo” implementado por la AFIP, que clasifica a los contribuyentes en categorías, las cuales van desde la Categoría A (riesgo muy bajo), hasta la Categoría E (riesgo muy alto).
Tener una buena calificación en el sistema de “scoring”, explicó la contadora Daniela Civalero, es importante por los beneficios impositivos que se obtienen, cuanto más bajo sea el riesgo, menores van a ser las retenciones del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias, llegando a evitar la retención en este último impuesto si el productor u operador se encuentra calificado con un Estado 1 (de bajo riesgo).
Cuando el sistema esté en vigencia, habrá un “universo inicial” o punto de partida creado a partir de migrar toda la información contenida en los distintos registros y regímenes que van a ser reemplazados.
Por esta razón, es recomendable que durante el mes de octubre se tengan en cuenta los requisitos obligatorios que son:
- Contar con clave fiscal nivel 3 (como mínimo), haber registrado y aceptado los datos biométricos, informado al menos una dirección de correo electrónico y un número de teléfono particular en el “Sistema Registral”, y haber adherido y mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Informar y mantener actualizado el Registro de Tierras Rurales (TIRE). Es importante destacar que el mismo sigue en vigencia hasta el 31 de octubre, por eso, si falta completar información, se lo puede hacer hasta la fecha mencionada.
- Cumplimentar las presentaciones de Capacidad Productiva vencidas (Existencias, Superficie y Producción).
- Efectuar las presentaciones de DDJJ impositivas e informativas exigibles.
- Mantener un buen comportamiento fiscal a fin de obtener una buena calificación en el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.
Fuente: Estudio Contable Civalero








