Una revisión del transporte de animales vivos y productos derivados

Dentro de las reglamentaciones que se establecen para los medios de transporte de animales vivos y mercancías de origen animal en el territorio nacional, el SENASA dio a conocer los requisitos actualizados.

Parte de esas modificaciones se basan en los requisitos destinados a bienestar animal e higiene, y dentro de ellas se aplica al piso de los transportes y los purines de descarga.

Con la resolución 557 en vigencia se determinó:

“1.1. Pisos: deben ser de material resistente, impermeable, que faciliten su lavado, desinfección y limpieza de los residuos líquidos y sólidos.

1.1.1. Para las especies equina, bovina, bubalina y cérvida, deben contar con una malla metálica cuadriculada fija y/o rebatible de material rígido y/o piso con propiedad antideslizante.

1.1.2. Para las especies ovina y caprina, deben ser de material rígido que les confiera propiedad antideslizante, pudiendo contar con malla metálica cuadriculada fija y/o rebatible de material rígido o no.

1.1.3. Para la especie porcina, deben ser de material rígido que les confiera propiedad antideslizante.

1.1.4. En el caso de los transportes de un solo piso, se permiten aberturas de descarga de purines al exterior, que deberán estar ubicadas a ambos lados del vehículo, próximas al ángulo que se forma entre los laterales (izquierdo y derecho) y el tabique trasero del transporte, contando con rejillas que impidan la introducción de los miembros del animal.

1.1.5. En el caso de los transportes de más de un piso, se procede según lo establecido en el Numeral 1.1.4. del presente Anexo y, además, deben contar con mangueras de comunicación entre las aberturas de descarga de los pisos superiores y el piso inferior, pudiendo ubicar dichas aberturas en otro sitio del transporte.

1.1.6. Todos los transportes deben contar, a partir de la abertura de descarga de purines del piso inferior, con mangueras de descarga, a la vía pública, que terminen al ras del piso.”.