Prórroga para el Programa de Incremento Exportador

El gobierno nacional publicó hoy el decreto que establece una extensión al plazo de aplicación del Programa de Incremento Exportador, conocido como «dólar soja», hasta el 25 de octubre.

Esto implica la vigencia inmediata de la medida hasta el 25 de octubre de 2023, y significa que se aplica el Decreto Nº 443/23, con las adecuaciones que se prevén en los artículos 3° y 4° de la presente medida. Ahora se estimó que además de la soja podría haber una ampliación de los productos, según informe el Ministerio de Economía, que podría ser por fuera de las producciones netamente agropecuarias.

Que establece un contravalor del 75% de la exportación de las mercaderías incluidas, por lo que «deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), debiendo el exportador, por el 25% restante, concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.

La fecha de liquidación de las divisas y el pago de la suma en concepto de adelanto de los derechos de exportación deberán efectuarse en un plazo que no podrá superar el 20 de octubre de 2023, inclusive. A estos efectos, deberá considerarse como base imponible al monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas de conformidad con lo indicado en el artículo 3º de este decreto».