Senasa recordó los cambios dados por establece, la Resolución N° 1699/2019, referidos a los requisitos de bioseguridad, higiene y manejo sanitario para la habilitación de los establecimientos avícolas de producción comercial.
La presente normativa abroga las resoluciones Senasa N° 542/2010 y 106/2013. Para atender la creciente demanda de los productos avícolas, el sector productivo primario ha expandido su capacidad mediante la construcción de nuevas granjas o a partir de la ampliación de granjas existentes, con nuevos galpones y/o aumento del número de aves en los mismos.
Este crecimiento en la capacidad productiva significa también mayor concentración de aves en las mismas zonas geográficas. La alta densidad avícola es uno de los factores de riesgo más importante para la introducción, multiplicación, difusión y perpetuación de agentes patógenos.
En este mismo sentido, el Centro Regional Pampeano informa que el Programa Nacional de Sanidad Aviar del Senasa actualizó los procedimientos, exigencias y metodología para la habilitación de establecimientos, con el fin de responder a las necesidades existentes en la producción avícola nacional.
Una deficiente implementación de las medidas de manejo, higiene y bioseguridad significan un riesgo de introducción y difusión de enfermedades aviares que pueden afectar a la producción, comercialización y salud pública.
Por tal motivo se recomienda adoptar medidas de prevención como bioseguridad para evitar el ingreso de enfermedades.