Por resolución, la fecha de vencimiento para el pago del arancel anual del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares para el año 2025 será el día 31 de julio, y a partir del año 2026 en adelante el día 31 de mayo de cada año.
El INASE dio a conocer la definición para el pago en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares , que establece como requisito para la propiedad de las variedades (según la Ley Nº 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas) proteger el derecho de propiedad de los creadores o descubridores de nuevos cultivares.
Se aclara que el título de propiedad, cuya duración es de 20 años, caducará por falta de pago del arancel anual del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, mediando un período de seis meses desde el reclamo fehaciente del pago, pasando luego a ser de uso público.
Además, el pago fuera de término del arancel anual fijado para las inscripciones ante el registro Nacional devengará una penalidad del cincuenta por ciento del valor vigente de dicho arancel.