Mediante la Resolución Senasa 128/2023 publicada hoy en el boletín oficial, se autorizó la importación de 1.200.000 dosis.
La nueva normativa tendrá una duración de un (1) año o hasta que se complete el cupo autorizado y entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Las firmas importadoras deben presentar ante el Senasa el Certificado de libre venta, el Certificado de cumplimiento de buenas prácticas de manufactura y, en casos específicos, el convenio entre las partes. El proceso de registro de productos veterinarios se llevará a cabo con prioridad y celeridad.
Cada lote importado será sometido a pruebas en la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del Senasa para garantizar la ausencia de microorganismos no deseados y confirmar la identidad de la vacuna. Los establecimientos con diagnóstico positivo a la enfermedad de Aujeszky deberán presentar un Plan de Saneamiento, que incluya la «vacunación emergencial” o la «vacunación protectora», para su aprobación por el organismo sanitario.
Es importante destacar que la enfermedad de Aujeszky es causada por un virus, que afecta a varios animales, incluidos cerdos domésticos y silvestres (jabalíes). Se trata de una infección viral de la familia de los herpesvirus, altamente contagiosa. Aunque no supone riesgo para los humanos, su presencia en otras especies puede ser mortal, con excepción de cerdos y jabalíes que son sus huéspedes naturales.