Tratan de moderar las subas en combustible

A partir del decreto 168/2023, firmado por el presidente Alberto Fernández, se dispuso un incremento en los impuestos a los combustibles que se aplicará desde julio.

Esta medida se aplicará según «los incrementos en los montos de los impuestos fijados en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del artículo 7°, ambos del Capítulo I, y en el primer párrafo del artículo 11 del Capítulo II, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, que resulten de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2022 y al primer trimestre calendario del año 2023, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501/18».

Y surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de julio de 2023, inclusive. Con montos que estarán entre un 12 y un ocho por ciento.

La misma legislación aclara: «Los montos fijos consignados en este artículo se actualizarán por trimestre calendario, sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos, considerando las variaciones acumuladas de dicho índice desde el mes de enero de 2018, inclusive».

Esta decisión del gobierno nacional amplía los tiempos previstos a fines del año pasado, cuando se fijó marzo 2023 para aumentar el impuesto.