El SENASA dio a conocer por medio del Boletín Oficial cambios vinculados al uso de estradiol, que es su forma sintética se usa para la reproducción, pensando en la exportación a la Unión Europea.
La medida incluye el rotulado obligatorio de productos veterinarios (nacionales o importados) destinados a ser utilizados en animales productores de alimentos para consumo humano que contengan en su formulación esta sustancia y sus ésteres. En esos rótulos debe incorporarse la siguiente leyenda: “ESTE PRODUCTO NO DEBE ADMINISTRARSE EN ANIMALES PRODUCTORES DE ALIMENTOS PARA CONSUMO HUMANO CUYOS PRODUCTOS CÁRNICOS SE EXPORTEN A LA UNIÓN EUROPEA Y/O A OTROS PAÍSES CON REQUISITOS EQUIVALENTES”.
Al mismo tiempo, la resolución incluye a los equinos. “Se prohíbe en todo el Territorio Nacional la administración en équidos de los productos veterinarios que contengan en su formulación estradiol y sus ésteres”, explica el texto. Considerando en sus fundamentos que la UE realiza controles de residuos acerca del cumplimiento de este requisito.