Ante el mayor movimiento de colmenas y de material apícola vivo (MAV) hacia zonas de cultivo que se da en esta época del año, el SENASA recordó que en todo el territorio de la República Argentina esos traslados deben estar amparados por el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) según lo normado en la Resolución 278/2013.
El DT-e es necesario para el movimiento de colmenas, núcleos, paquetes de abejas, celdas reales y reinas, tanto desde como hacia los apiarios de crianza, y avala los movimientos indicando su trazabilidad: de dónde sale (origen) y hacia dónde se dirigen (destino).
Además, los apicultores deben estar inscriptos en el Registro Nacional del Productor Apícola (Renapa), que depende de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa, ambos gratuitos y obligatorios.
A su vez, los propietarios de los apiarios de crianza deben informar todo ingreso de material apícola vivo ajeno al mismo, presentando el DT-e en la oficina del Senasa correspondiente a su jurisdicción, en el plazo de 72 horas. En tanto, el establecimiento de origen debe estar autorizado por el Organismo sanitario para comercializar material apícola vivo.
Justamente, ante el riesgo de introducción que implica la presencia del PEC en Brasil, Bolivia y Paraguay, el Senasa declaró el alerta sanitario nacional mediante la Resolución 302/2016. Y al haber un mayor movimiento de colmenas, es fundamental cumplir con la documentación mencionada –DT-e, Renapa y Renspa— para conocer cómo fueron los movimientos de las colmenas y, de ese modo, actuar con efectividad ante la posible aparición de un problema sanitario.